El enfoque diferencial y étnico en la política pública de víctimas del conflicto armado.


El enfoque diferencial y étnico en la política pública de víctimas del conflicto armado

El enfoque diferencial es un desarrollo progresivo del principio de igualdad y no discriminación. Aunque todas las personas son iguales ante ley, esta afecta de manera diferente a cada una, de acuerdo con su condición de clase, género, grupo étnico, edad, salud física o mental y orientación sexual.
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2. CONTEXTO DE LA PROTECCIÓN ESPECIAL A DETERMINADOS GRUPOS
·         Ciclo vital • Niños niñas y adolescentes 
                       • Adultos mayores
·         Discapacidad • Personas con discapacidad
                              indígenas
·         Pertenencia étnica • comunidades negras, afrocolombianas, palenqueras
                                      Gitanos, rom
                                      Mujeres
·         Genero Lesbianas, gays, bisexuales, transexuales, intersexuales (LGBT)
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El enfoque diferencial no solo debe pernear las acciones y políticas públicas, sino que debe ser parte del comportamiento de los funcionarios y constituirse en una herramienta de análisis de la propia política.
El artículo 13 de la Constitución reclama los derechos a la igualdad y no discriminación, reconoce taxativamente el acceso igualitario a los mismos derechos, libertades y oportunidades, pero así mismo acepta que ciertos grupos o personas requieren medidas especiales para que esa igualdad sea real y efectiva.

3. LOS PRONUNCIAMIENTOS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL.La Corte Constitucional ha venido presentando diferentes pronunciamientos frente a la necesidad del diseño y aplicación de políticas públicas con enfoque diferencial, que permitan el reconocimiento y la atención de particularidades y características propias de los diversos sectores de la población.
FaltasViolación de derechos humanos.
            Rechazo, exclusión y discriminación.
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1. La corte constitucional en el Auto 2018 de 2006 señala que los sujetos de especial protección constitucional  “se diferencian del resto [de la población desplazada] En relación con las diferencias regionales que presenta el fenómeno del desplazamiento y en relación con la condición de víctimas del conflicto armado que tienen las personas desplazadas.
2 2. La totalidad de individuos desplazados comparte, en términos generales, la violación de sus derechos constitucionales, estos tres grupos poblacionales.
3. La política de atención a la población desplazada desconoce las variaciones y                   especificidades regionales del desplazamiento interno, derivadas de las distintas               dinámicas territoriales del conflicto armado.
4. PRINCIPIOS INCLUIDOS EN LA LEY 1448 DE 2011 QUE HACEN REFERENCIA A LOS ENFOQUES DIFERENCIALES

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En sus principios generales, la Ley 1448 de 2011 (Ley de Víctimas y Restitución de Tierras) incorpora el principio de enfoque diferencial:
•  Decreto-ley 4635 de 2011, a través del cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y restitución de derechos territoriales a las víctimas pertenecientes a comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.
•  Decreto-ley 4633 de 2011, a través del cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y restitución de derechos territoriales a las víctimas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas.
• Decreto-ley 4634 de 2011, a través del cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y restitución de derechos territoriales a las víctimas pertenecientes a los pueblos rom o gitano.





1.    Identificación y clasificación de las víctimas por cada enfoque.
2.    Identificación de los riesgos específicos y los derechos que son vulnerados.
3.    Identicacion de las necesidades de cada población en los componentes de la política
4.    Diagnóstico del grado de vulnerabilidad.
5.    Oferta institucional priorización en el acceso
                Ajustes de acuerdo con las necesidades existentes
                Ampliación de la cobertura.
          6.  Participación de las víctimas.
5. RECOMENDACIONES PARA LA INCLUSIÓN Y EL RECONOCIMIENTO DE LOS GRUPOS ÉTNICOS Y DEL ENFOQUE DIFERENCIAL EN LA IMPLEMENTACION DE LA POLÍTICA PÚBLICA DE VÍCTIMAS

• Propiciar espacios de toma de decisiones 
Resultado de imagen para RECOMENDACIONES PARA LA INCLUSIÓN Y EL RECONOCIMIENTO DE LOS GRUPOS ÉTNICOS Y DEL ENFOQUE DIFERENCIAL EN LA IMPLEMENTACION DE LA POLÍTICA PÚBLICA DE VÍCTIMAStradicionales a nivel local, en los cuales se
involucre a los grupos étnicos.
• Reconocer a los grupos étnicos como sujetos de derechos colectivos
• Fortalecer los espacios de atención para las comunidades étnicas en el nivel territorial.
• Promover acciones que garanticen la soberanía alimentaria en las comunidades indígenas, en relación con sus usos y costumbres.




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